{"id":80,"date":"2017-10-09T08:53:21","date_gmt":"2017-10-09T06:53:21","guid":{"rendered":"http:\/\/blogs.larioja.com\/hablando-entiende-gente\/?p=80"},"modified":"2017-10-09T08:53:21","modified_gmt":"2017-10-09T06:53:21","slug":"estoy-pensando-en-divorciarme-que-debo-saber","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.larioja.com\/hablando-entiende-gente\/2017\/10\/09\/estoy-pensando-en-divorciarme-que-debo-saber\/","title":{"rendered":"Estoy pensando en divorciarme: \u00bfqu\u00e9 debo saber?"},"content":{"rendered":"<p>Buenos d\u00edas a todos los lectores del Diario La Rioja. Aunque parece que fue ayer, el blog est\u00e1 de aniversario, as\u00ed que estamos de celebraci\u00f3n.\u00a0Qu\u00e9 mejor forma de hacerlo que con una nueva entrada.<\/p>\n<p>En nuestra labor diaria como mediadoras, es habitual encontrarnos con parejas que\u00a0 nos preguntan\u00a0sobre los pasos a dar ante la separaci\u00f3n o el divorcio, por ello aqu\u00ed trataremos de responder a algunas de ellas.<\/p>\n<p>Algunas de las preguntas m\u00e1s habituales que surgen son:<\/p>\n<p><strong>\u00bfD\u00f3nde tengo que ir para solicitar la separaci\u00f3n o el divorcio? . Y \u00bfpara regular los aspectos econ\u00f3micos y personales en las parejas de hecho cuando hay hijos en com\u00fan?<\/strong><\/p>\n<p>La respuesta es al Juzgado, ya que si hay hijos menores o hijos mayores incapacitados habr\u00e1 de resolverse en virtud de una resoluci\u00f3n judicial. All\u00ed donde no existan aqu\u00e9llos, tambi\u00e9n ser\u00e1 posible acudir al Notario.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/static-blogs.larioja.com\/wp-content\/uploads\/sites\/62\/2017\/10\/22ebe1f4cc88b52e266dca161545b213.jpg\"><img loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-medium wp-image-81\" src=\"https:\/\/static-blogs.larioja.com\/wp-content\/uploads\/sites\/62\/2017\/10\/22ebe1f4cc88b52e266dca161545b213-300x278.jpg\" alt=\"22ebe1f4cc88b52e266dca161545b213\" width=\"300\" height=\"278\" srcset=\"https:\/\/static-blogs.larioja.com\/wp-content\/uploads\/sites\/62\/2017\/10\/22ebe1f4cc88b52e266dca161545b213-300x278.jpg 300w, https:\/\/static-blogs.larioja.com\/wp-content\/uploads\/sites\/62\/2017\/10\/22ebe1f4cc88b52e266dca161545b213-768x711.jpg 768w, https:\/\/static-blogs.larioja.com\/wp-content\/uploads\/sites\/62\/2017\/10\/22ebe1f4cc88b52e266dca161545b213.jpg 976w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p><strong>\u00bfC\u00f3mo puedo gestionarlo?<\/strong><\/p>\n<p>Las formas de hacerlo son b\u00e1sicamente dos:<\/p>\n<p>a).- De manera <strong>contenciosa<\/strong>, por medio de demanda y contestaci\u00f3n a la misma, conlleva \u00a0celebraci\u00f3n de juicio, y la decisi\u00f3n por el juez que es qui\u00e9n lo \u00a0recoge en sentencia.<\/p>\n<p>b).- De <strong>mutuo acuerdo<\/strong>,\u00a0 las decisiones sobre c\u00f3mo va a funcionar en adelante la familia son tomadas por las propias partes.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 profesionales he de contratar?<\/strong><\/p>\n<p>Necesariamente el procedimiento ha de ir firmado por abogado y procurador de los tribunales. Ahora bien, de hacerse de forma contenciosa, cada parte deber\u00e1 contratar a sus profesionales, mientras que si es de mutuo acuerdo, \u00fanicamente ser\u00e1 necesario un abogado y un procurador, por lo que el coste econ\u00f3mico ser\u00e1 notablemente inferior.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 cuestiones se deben recoger en el posible acuerdo, denominado convenio regulador?<\/strong><\/p>\n<p>El contenido de la propuesta de convenio regulador ha de contener los extremos que se mencionan en el art\u00edculo 90 del C\u00f3digo Civil y que son:<\/p>\n<p>a).- \u00a0El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de \u00e9sta y, en su caso, el r\u00e9gimen de comunicaci\u00f3n y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.<\/p>\n<p>b).- Si se considera necesario, el r\u00e9gimen de visitas y comunicaci\u00f3n de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el inter\u00e9s de aqu\u00e9llos.<\/p>\n<p>c).- La atribuci\u00f3n del uso de la vivienda y ajuar familiar.<\/p>\n<p>d).- \u00a0La contribuci\u00f3n a las cargas del matrimonio y alimentos, as\u00ed como sus bases de actualizaci\u00f3n y garant\u00edas en su caso.<\/p>\n<p>e).- La liquidaci\u00f3n, cuando proceda, del r\u00e9gimen econ\u00f3mico del matrimonio.<\/p>\n<p>f).- \u00a0La pensi\u00f3n (compensatoria) que conforme al art\u00edculo 97 correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los c\u00f3nyuges.<\/p>\n<p><strong>Si es muy dif\u00edcil comunicarse con la otra parte, \u00bfqu\u00e9 opciones existen para evitar ir a juicio?<\/strong><\/p>\n<p>En estos casos podr\u00e1 acudirse a un proceso de <strong>mediaci\u00f3n<\/strong>. Es un medio alternativo para resolver conflictos, en el que el mediador, profesional cualificado e imparcial, ayudar\u00e1\u00a0 a las partes a alcanzar acuerdos, equilibrados y sostenibles en el tiempo, en el que todas las partes se muestren conformes y satisfechas.<\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 otros beneficios se obtienen con la mediaci\u00f3n?<\/strong><\/p>\n<p>Todo proceso de separaci\u00f3n\/divorcio conlleva sentimientos enfrentados entre las partes que en los primeros momentos dificultan la capacidad de dialogar.<\/p>\n<p>En el espacio de las sesiones de mediaci\u00f3n se ayuda a gestionar y expresar\u00a0<strong>emociones <\/strong>tales como la\u00a0<strong>rabia, tristeza, momentos de estr\u00e9s personal y familiar<\/strong> que se\u00a0 acompa\u00f1an de <strong>sentimientos<\/strong> de <strong>dolor, de culpa, de enfado, de impotencia, <\/strong>etc\u2026.<\/p>\n<p>Durante las sesiones se permite reconducir la b\u00fasqueda de los intereses comunes y no perder el punto de mira de que ellos, las partes envueltas en esa crisis, son quienes adquieren la oportunidad de dirigir su presente y futuro pr\u00f3ximo.<\/p>\n<p>Resulta esencial hacer ver a las partes que deben y pueden trabajar conjuntamente para favorecer que los hijos vivan la separaci\u00f3n como un tiempo de nueva convivencia con ambos progenitores, en donde es clave que se transmita que los dos padres seguir\u00e1n ejerciendo su rol paterno y primar\u00e1 el bienestar emocional de los hijos.<\/p>\n<p>Se dar\u00e1n, si se precisan, las pautas de c\u00f3mo comunicar a los menores los cambios que van a producirse en sus vidas, domicilio familiar, visitas, etc&#8230; ayudando\u00a0a aqu\u00e9llos a una mejor\u00a0adaptaci\u00f3n ante el conflicto.<\/p>\n<p>Los acuerdos alcanzados han de reflejar el conocimiento que tienen de sus hijos y dar respuestas a sus necesidades e intereses.<\/p>\n<p>El di\u00e1logo se encamina a lograr soluciones y compromisos en\u00a0 todos los puntos que requiere un convenio regulador, con la ventaja de quienes deciden el c\u00f3mo y el cu\u00e1ndo son las partes que se separan, como pareja, pero no de su rol de padres.<\/p>\n<p>Si est\u00e1s pasando por este momento y podemos ayudarte, ll\u00e1manos y hablamos.<\/p>\n<p>Si te ha resultado interesante, <strong>COMP\u00c1RTELO<\/strong>. Gracias.<\/p>\n<p>Silvia Landa Oc\u00f3n \u00a0(638-32-07-38)<\/p>\n<p>Inmaculada Arag\u00f3n Corvera (627-93-48-90)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Buenos d\u00edas a todos los lectores del Diario La Rioja. Aunque parece que fue ayer, el blog est\u00e1 de aniversario, as\u00ed que estamos de celebraci\u00f3n.\u00a0Qu\u00e9 mejor forma de hacerlo que con una nueva entrada. 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