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	<title>¿Qué derechos tienen Facebook, Twitter o Instagram sobre nuestras fotos? | Twitterlandia - Blogs larioja.com</title>
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	<description>Aquí se habla de Twitter, Facebook, Instagram, Linkedin... y lo que venga</description>
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		<title>¿Qué derechos tienen Facebook, Twitter o Instagram sobre nuestras fotos? | Twitterlandia - Blogs larioja.com</title>
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		<pubDate>Thu, 19 Feb 2015 11:57:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Inés Martínez</dc:creator>
		                		<category><![CDATA[#Twitter]]></category>
		<category><![CDATA[Condiciones de privacidad en redes sociales]]></category>
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<html><head><meta http-equiv="content-type" content="text/html; charset=utf-8"></head><body><div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-adver-blogs-entries"></div><div class="voc-advertising voc-adver-inter-text hidden-md hidden-lg voc-advertising-mobile-ready"></div><p>¿Te has preguntado alguna vez <strong>qué puede hacer Facebook con las fotos y vídeos que subimos a nuestro muro</strong>? La respuesta es sencilla: Lo que quiera. Nadie lo hace, pero si nos molestáramos en leer las condiciones de uso y privacidad que aceptamos cuando nos damos de alta en una red social, en este caso Facebook, todo está bastante claro en su <a href="https://www.facebook.com/legal/terms?locale=es_ES" title="¿Qué puede hacer Facebook con las fotos que publicamos?" target="_blank">Declaración de Derechos y Responsabilidades</a>:<br>
<br> Resumiendo, al darte de alta en Facebook aceptas concederles una licencia <em>“<strong>no exclusiva, transferible, con derechos de sublicencia</strong></em> (Facebook puede entregar a terceros tus datos, fotografías y demás contenidos. Eso quiere decir que tus fotos las puede tener cualquiera en cualquier parte del mundo), <em>libre de regalías</em> (no se pagan derechos de autor) <em>y aplicable en todo el mundo</em> (sin tener en cuenta la legislación vigente en cada país) para utilizar cualquier contenido de PI que publiques en Facebook o en conexión con Facebook (“licencia de PI”). <em>Esta licencia de PI finaliza cuando eliminas tu contenido de PI o tu cuenta, salvo si el contenido se compartió con terceros y estos no lo eliminaron”</em><br>
Y no sólo eso, sino que si tu perfil es público <em>“permites que todos, incluidas las personas que son ajenas a Facebook, accedan a dicha información, la utilicen y la asocien a ti</em>” (es decir, a tu nombre y foto del perfil). Es más, publicar una declaración de tus derechos de imagen en Facebook no tiene validez y además no está permitido por sus condiciones.<br>
<br>
</p><div id="attachment_1108" style="width: 654px" class="wp-caption aligncenter"><a href="/twitterlandia/wp-content/uploads/sites/23/2015/02/redes-sociales-internet.jpg"><img aria-describedby="caption-attachment-1108" src="/twitterlandia/wp-content/uploads/sites/23/2015/02/redes-sociales-internet.jpg" alt="¿Qué derechos tiene Facebook sobre nuestras fotos?" title="¿Qué derechos tiene Facebook sobre nuestras fotos?" width="644" height="362" class="size-full wp-image-1108"></a><p id="caption-attachment-1108" class="wp-caption-text">FOTO: TANJA SCHERM/FLICKR </p></div><br>

<p><strong>Twitter</strong><br>
Muy parecido. Dice que <em>“…usted concede a Twitter una licencia mundial, no-exclusiva y gratuita (así como el derecho de sub-licenciar) sobre el uso, copia, reproducción, procesamiento, adaptación, modificación, publicación, transmisión, exposición y distribución de tal Contenido a través de cualquier medio o método de distribución presente o futuro.”</em><br>
<br>
<strong>Instagram</strong><br>
<br>
El caso de <a href="http://instagram.com/about/legal/terms/" target="_blank">Instagram es un poco especial</a>, ya que es una red centrada en fotos (y cada vez más en vídeos). Lo que nos dice sobre nuestras imágenes es muy parecido a las normas de Facebook:<br>
<em>“Al mostrar o publicar cualquier Contenido en o a través de los Servicios Instagram, usted otorga a Instagram una licencia mundial limitada no exclusiva, totalmente pagada y libre de royalties, para usar, modificar, borrar, añadir, presentar públicamente, mostrar públicamente, reproducir y traducir dicho Contenido, incluyendo la distribución ilimitada de una parte o de la totalidad de la web en cualquier formato y a través de cualquier canal de comunicación, a excepción del contenido no se comparta públicamente (“privado”), que no será distribuido fuera de los Servicios de Instagram”</em>.<br>
Ya añade una cláusula que hace referencia a los derechos sobre las imágenes y en especial en aquellos casos en los que no somos los autores de las mismas. Mediante la aceptación de las condiciones generales de Instagram, estamos <strong>aceptando que las imágenes que subimos no vulneran derechos de autor de terceros</strong>.<br>
<br>
Es decir. <strong>Estamos regalando nuestras fotos para que hagan lo que quieran con ellas</strong>. Y no se trata de que esté bien o mal, sino de conocer nuestros derechos y de saber a qué nos atenemos cuando aceptamos unas condiciones para que luego no haya sorpresas. </p>
</body></html>
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