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Igualdad de la mujer por ley

La igualdad de la mujer ya está recogida en la Constitución, pero, como bien sabemos, una cosa es predicar y otra dar trigo: también están recogidos los derechos a una vivienda digna y al trabajo, y hay quien no tiene ninguna de las dos cosas. Que la reciente ley de igualdad de la mujer, aprobada por el parlamento, tiene aspectos positivos, no lo discute nadie, como los relativos a los permisos por paternidad o a impedir el acoso laboral, es decir los que no tienen que ver con cuotas, porcentajes y demás artificios electoralistas.

No deja de ser curioso que se haga hincapié en que la ley impone porcentajes femeninos en dos ¿profesiones? como: político y miembro de consejo de administración, dos dedicaciones en las que la valía y los méritos, académicos o personales, nunca han sido determinantes para ejercerlas, aunque, naturalmente, hay quien los tiene. En política, es más determinante, que la sabiduría o la honradez, saber moverse, nadar entre dos aguas, tener capacidad de maniobra, etc.; y, en los consejos de administración, lo que realmente importa es tener muchas acciones de la empresa, o ser «hijo de». Así que ahora tendremos más políticas, igual de maniobreras que los hombres, y más mujeres en los consejos de administración, que tendrán muchas acciones de la empresa, ellas o sus papás. ¿Vaya consuelo!

Una escritora de izquierdas -de las de siempre, no de las descafeinadas- me decía que su colectivo estaba en contra de la discriminación positiva, porque la mujer es capaz de ganarse por sí misma sus derechos y su posición social, sin necesidad de favores paternalistas, y más en estos tiempos en que la mujer es mayoría clara en la universidad y en el interés por la cultura; porque si entramos en esta dinámica de igualar a la fuerza, exigiendo porcentajes, ¿por qué en unas cosas sí y en otras no?, ¿por qué no exigir el 50% de todos los puestos de trabajo, incluidos los obtenidos por oposición? Sin embargo, no veo que se legisle para los casos de auténtica discriminación anticonstitucional: ¿qué porcentaje se va a exigir de sacerdotisas o de obispas?

En el fondo, estas cuotas, porcentajes y artificios no hacen sino considerar inferior a la mujer, pues le niegan la posibilidad de ser igual que el hombre y competir con sus mismas armas. Y a mí me parece, además, que se roza la inconstitucionalidad, pues, también, en el fondo, se discrimina por razón de sexo, aunque a esta discriminación se le adjetive de positiva. Se sigue predicando, pero dar trigo es otra cosa.

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Por Jesús Miguel ALONSO CHÁVARRI

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